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El leasing o arrendamiento mercantil es el contrato por el cual una persona, natural o jurídica, cede los derechos de uso de un bien propio en contrapartida de unas prestaciones, obligándose, además, a ceder al usurario una opción de compra.
Dentro de sus características señalamos que el contrato de leasing es un contrato en principio consensual, bilateral o sinalagmático, oneroso y conmutativo, de tracto sucesivo y traslaticio de uso y disfrute, de derecho civil empresarial, atípico y especial, con valoración de confianza y conducta, por el cual una persona, natural o jurídica.
Dentro de nuestra legislación nos remitimos al articulo 427 del Código de Comercio que expresa los requisitos de cumplimiento.
*Nota: La publicación FEXLAW DIGITAL no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.
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