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Desde el 21 de junio de 2020, entraron en vigencia y aplicación las reformas al COIP (Código Orgánico Integral Penal). Este instrumento legal tiene, en total, 127 reformas que incluyen nuevas tipificaciones de delitos y contravenciones, entre ellas, las que son en contra de animales.
Con la nueva normativa, el maltrato animal podrá sancionarse con pena privativa de libertad de entre seis meses a un año. Si se provoca la muerte del animal la sanción incrementa de uno a tres años de prisión. La zoofilia también se sanciona con reclusión de seis meses a un año que puede aumentar hasta tres años si el animal fallece.
En cuanto a las contravenciones, ahora el abandono de animales de compañía es sancionado con 20 a 50 horas de trabajo comunitario, así mismo el maltrato animal sin causar lesiones o muerte será sancionado con trabajo comunitario de 50 a 100 horas.
Si conoces de algún caso en contra de animales que formen parte de la fauna urbana. DENUNCIALO!
*Nota: La publicación FEXLAW DIGITAL no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, en vista de que se trata de un documento puramente informativo.
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