Secretaría General se pronuncia ante un caso de importación de productos no aptos para el consumo humano
Los hechos del caso se originan a partir de un control realizado en una operación aduanera, en la cual la autoridad competente detectó que la mercancía transportada no cumplía con las normativas sanitarias vigentes en Ecuador, lo que la hacía no apta para el consumo humano. Bajo tal antecedente, se puso en conocimiento de la Fiscalía ecuatoriana a fin de que, como titular de la acción penal, realice las investigaciones correspondientes y disponga el destino de la mercancía sensible.
Ante esto, el operador de comercio exterior (OCE) inició varias acciones legales destinadas a liberar dicha mercancía, incluyendo acciones en vía administrativa, penal y constitucional. No a más de aquello, demandó al Estado ecuatoriano ante la Comunidad Andina y sostuvo que las autoridades ecuatorianas actuaron fuera de su marco legal, interrumpiendo la operación aduanera y reteniendo indebidamente los bienes. En respuesta a las alegaciones del OCE, nuestra defensa sostuvo que las medidas adoptadas por las autoridades ecuatorianas estaban plenamente justificadas, dado que las características de las mercancías las clasifican como productos sensibles y de alto riesgo.
Cada caso es distinto. Los resultados de asuntos anteriores no garantizan un resultado similar en otros casos. Por reserva profesional, no se revelan datos de los clientes.



