Derecho Constitucional · Ecuador

DerechoConstitucionalpara su empresa.

ProtegerImpugnarDefender

Defendemos a su empresa cuando una acción de protección se dirige contra ella y usamos las garantías constitucionales cuando un acto del Estado afecta sus derechos. Litigamos ante cortes provinciales, la Corte Constitucional y organismos internacionales.

01 / Por qué Fexlaw

La Constitución no protege solo a las personas: también protege a las empresas que generan empleo. Y cuando una garantía se usa de forma indebida contra ellas, merecen una defensa igual de firme.

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02 / Garantías jurisdiccionales

Las herramientas que la Constitución le ofrece.

Cada garantía tiene un propósito, requisitos y plazos distintos. Elegir la vía correcta es el primer paso de una buena estrategia; estas son las que utilizamos con más frecuencia.

  1. 01

    Acción de protección

    Para amparar derechos constitucionales frente a actos u omisiones de autoridades públicas y, en ciertos casos, de particulares.

  2. 02

    Medidas cautelares

    Para evitar o detener de inmediato la amenaza o la vulneración de un derecho mientras se resuelve el fondo.

  3. 03

    Acción extraordinaria de protección

    Ante la Corte Constitucional, contra sentencias y autos definitivos que vulneren el debido proceso u otros derechos.

  4. 04

    Hábeas data

    Para conocer, actualizar, rectificar o eliminar información sobre la empresa que consta en archivos públicos o privados.

  5. 05

    Acceso a la información pública

    Cuando una entidad niega o entrega de forma incompleta información que la empresa tiene derecho a conocer.

  6. 06

    Acción de inconstitucionalidad

    Para pedir a la Corte Constitucional que retire del ordenamiento una norma contraria a la Constitución.

03 / Servicios

Estrategia constitucional para su empresa.

Actuamos en los dos lados de la garantía: cuando la empresa necesita protegerse frente al Estado y cuando una acción constitucional se dirige contra ella.

01Defensa de la empresa

Defensa frente a acciones de protección

Cuando un trabajador, cliente o tercero presenta una acción de protección contra la empresa, analizamos si cumple los requisitos de ley y construimos la defensa desde la primera audiencia.

  • Análisis de procedencia
  • Legitimación pasiva
  • Audiencia y apelación
02Defensa de la empresa

Defensa ante medidas cautelares

Revisamos las medidas cautelares constitucionales dictadas contra la empresa y solicitamos su revocatoria cuando no se justifican.

  • Revisión de medidas
  • Pedido de revocatoria
  • Seguimiento
03Protección frente al Estado

Acciones de protección y medidas cautelares

Cuando una decisión de una autoridad pública afecta derechos de la empresa y no existe otra vía adecuada, preparamos la acción y las medidas urgentes que correspondan.

  • Acción de protección
  • Medidas cautelares
  • Coordinación con la vía administrativa
04Protección frente al Estado

Hábeas data y acceso a la información

Exigimos el acceso, la corrección o la eliminación de información sobre la empresa y el acceso a información pública que le corresponde.

  • Hábeas data
  • Información pública
  • Requerimientos previos
05Corte Constitucional

Acción extraordinaria de protección

Llevamos ante la Corte Constitucional las sentencias y autos definitivos que vulneran el debido proceso u otros derechos de la empresa.

  • Admisibilidad
  • Fundamentación
  • Seguimiento ante la Corte
06Corte Constitucional

Inconstitucionalidad y sistema interamericano

Presentamos acciones públicas de inconstitucionalidad contra normas y acompañamos casos ante la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

  • Acción pública de inconstitucionalidad
  • CIDH
  • Corte IDH
04 / Frentes constitucionales

Donde la Constitución se vuelve defensa.

El litigio constitucional suele cruzarse con otras áreas del derecho. Trabajamos junto a nuestros equipos de derecho administrativo, derecho civil y laboral para elegir la vía más adecuada en cada caso.

Corte Constitucional

Una demanda de la firma que cambió el Código Civil.

El 11 de mayo de 2023 presentamos una demanda pública de inconstitucionalidad. La Corte Constitucional declaró inconstitucional el término «demente» del Código Civil, que se sustituye por «persona con demencia».

Acción de protección

Defensa y presentación de acciones.

Medidas cautelares

Respuesta urgente ante amenazas.

Acción extraordinaria

Sentencias que vulneran derechos.

Inconstitucionalidad

Normas contrarias a la Constitución.

Hábeas data

Información sobre la empresa.

Información pública

Acceso a datos del Estado.

Cortes provinciales

Litigio en primera y segunda instancia.

Sistema interamericano

Casos ante la CIDH y la Corte IDH.

05 / Experiencia

Defensas que nos definen.

Asuntos en los que hemos defendido a empresas frente a acciones constitucionales, descritos sin revelar la identidad de nuestros clientes.

Una de las cooperativas más grandes del EcuadorDefensaratificada por la Corte Provincial

Acción de protección sin requisitos de ley

La Sala Laboral de la Corte Provincial de Pichincha ratificó nuestra defensa: la acción de protección no cumplía los requisitos de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, y nuestro cliente no era el legitimado pasivo.

Acción de protecciónSegunda instancia
Una de las principales aseguradoras del paísAcciónrechazada por improcedente

Sin vulneración de derechos

Defendimos a la aseguradora frente a una acción de protección que fue rechazada por improcedente, al no existir vulneración de derechos constitucionales.

Acción de protecciónSector seguros

Cada caso es distinto. Los resultados de asuntos anteriores no garantizan un resultado similar en otros casos.

06 / Cómo trabajamos

Un solo equipo, un solo interlocutor.

01

Reunión inicial

Escuchamos su situación con total confidencialidad y revisamos la información disponible.

02

Diagnóstico

Identificamos riesgos, obligaciones pendientes y prioridades para su empresa.

03

Plan y presupuesto

Le proponemos la ruta, los tiempos y el equipo, incluidas las áreas de la firma que deban intervenir.

04

Ejecución y seguimiento

Un abogado responsable coordina todo y le informa con claridad en cada paso.

07 / Reconocimientos

Seis años consecutivos en Banda 1.

Leaders League ubica a Fexlaw en la banda más alta de Derecho Penal y Compliance en Ecuador desde hace seis años. A ese reconocimiento se suman Chambers and Partners y los rankings de propiedad intelectual por nuestro trabajo en antipiratería.

08 / Equipo

Las personas detrás de su defensa.

Abogados con experiencia en litigio constitucional, civil y administrativo, con el respaldo de toda la firma.

Anabel Racines Trávez, Directora del Área Civil, Administrativo y Litigios — FexlawLíder del área
01Anabel
01 / 03Anabel
Racines Trávez
Directora del Área Civil, Administrativo y LitigiosVer perfil →
Antonella Herrera Ojeda, Subcoordinadora del Área de Antipiratería — Fexlaw
02Antonella
02 / 03Antonella
Herrera Ojeda
Subcoordinadora del Área de AntipirateríaVer perfil →
Alisson Guachilema Quinteros, Asistente Legal — Fexlaw
03Alisson
09 / Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos.

Respuestas generales a dudas comunes. Cada empresa es distinta: escríbanos para revisar su caso.

01

¿Puede una empresa presentar una acción de protección?

Sí. Las personas jurídicas son titulares de derechos constitucionales, como el debido proceso o la seguridad jurídica, y pueden acudir a esta garantía cuando un acto u omisión de una autoridad los vulnera y no existe otra vía adecuada.

02

¿Se puede presentar una acción de protección contra una empresa privada?

La ley la permite contra particulares en casos específicos, por ejemplo cuando prestan servicios públicos o cuando la persona afectada está en situación de subordinación o indefensión. Revisar si se cumplen esos requisitos es la base de la defensa.

03

¿Qué hago si mi empresa es notificada con una acción de protección?

Actuar de inmediato: las audiencias se convocan en plazos muy cortos. Reúna los documentos relacionados con los hechos y busque asesoría para preparar la defensa antes de la audiencia.

04

¿Qué son las medidas cautelares constitucionales?

Son órdenes urgentes que un juez puede dictar para evitar o detener la amenaza o la vulneración de un derecho. Pueden pedirse junto con una acción de protección o de forma independiente, y también pueden impugnarse cuando no se justifican.

05

¿Cuándo procede la acción extraordinaria de protección?

Contra sentencias y autos definitivos que vulneren el debido proceso u otros derechos constitucionales, una vez agotados los recursos ordinarios. Se presenta ante la misma judicatura y la resuelve la Corte Constitucional, dentro de plazos breves.

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